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domingo, 19 de febrero de 2017

LAS ENCUESTAS DE DECDLT…


Hoy es domingo y toca encuesta en Desde el Caballo de las Tendillas. Y tras conocerse la Sentencia del ‘Caso Nóos’ os queremos pedir vuestra opinión sobre la pena impuesta a la Infanta Cristina y su marido, Iñaki Urdangarín.

La pasada semana os preguntamos si consideráis que la información sobre Donald Trump es objetiva. Un 80 % ha contestado que no, que está manipulada; un 10 % considera que sí, que los medios solo informan; por su parte un 6 % desea que los medios sean más duros y un 3 % cree que sí, aunque sean sensacionalistas.

Y esta es la pregunta de esta semana, ¡esperamos vuestra participación!


¿QUÉ OPINAS DE LA SENTENCIA DEL CASO NÓOS?


sábado, 18 de febrero de 2017

RECORDANDO EN DECDLT… EL PRINCIPIO DEL FIN

Los sábados recordamos en Desde el Caballo de las Tendillas y tras conocerse la Sentencia del caso Nóos os traemos este artículo publicado en abril de 2013, en el que hablábamos de la imputación de la Infanta Cristina y su marido, Iñaki Urdangarín…

sábado, 9 de abril de 2016

RECORDANDO EN DECDLT… POR EL DERECHO A SER ESCOLARIZADO EN LA LENGUA QUE SE QUIERA

Hoy recordamos en Desde el Caballo de las Tendillas y os traemos este artículo publicado en junio de 2012, en el que hablábamos del derecho a ser escolarizado en castellano en Cataluña reconocido por una sentencia del TSJ, algo que parece no está ocurriendo en la actualidad, por lo que esta polémica sigue vigente. ¡Feliz sábado!

domingo, 13 de septiembre de 2015

RECORDANDO EN DECDLT… DERECHO A DECIDIR, por @AntoniodlTL

Los domingos en Desde el Caballo de las Tendillas son para recordar. Y hoy os traemos un artículo de Antonio de la Torre, en el que nos hablaba sobre el derecho a decidir, la organización territorial del Estado y otras cosas… ¡Feliz domingo!

jueves, 10 de julio de 2014

QUE SE ACABE CON ESTA CASTA


Últimamente a los candidatos a la Secretaría General del Partido Socialista Obrero “Español” se les llena la boca diciendo que ellos son de la casta, pero de la casta de los trabajadores, de la gente de la calle, al igual que la Presidenta de la Junta de Andalucía, Susana Díaz, que se autoproclamó como miembro de la ‘casta de los fontaneros’. Pero claro, hay actitudes que acaban de raíz con este discurso. Y una de estas actitudes ha sido la sentencia de la que tuvimos conocimiento en el día de ayer.

jueves, 24 de abril de 2014

¿LOS JUECES TAMBIÉN ESTÁN CONTRA LOS ANDALUCES?


El lunes el diario El Mundo hacía pública dos sentencias que vuelve a dejar en evidencia las formas del Gobierno de la Junta de Andalucía. Resulta que los juzgados de lo Social números 1 y 2 de Córdoba  han declarado improcedentes los despidos de trabajadores auxiliares de varios centros educativos, sentencias que aunque no son firmes, sacan los colores al gobierno de Dª Susana Díaz.

Y es que la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía seguía un proceder, cuanto menos particular, con el “Servicio de apoyo y asistencia a la gestión académica y económica de los centros públicos de infantil y primaria dependientes de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía” y que afectaba a unos 1.000 trabajadores. Os explico, el “Ente Andaluz de Infraestructuras y Servicios Educativos”, dependiente de la Consejería de Educación, subcontrataba este servicio de apoyo. Un servicio de apoyo, que según denuncian los trabajadores, entre otras cosas, se pagaba a 4 euros la hora, estos trabajadores no contaban con vacaciones y encadenaban contratos por obra y servicio, siendo despedidos al llegar el fin de curso.

Y en una de las sentencias el Magistrado dice que se trata de una "maniobra de ingeniería" en la que "ganaba la Consejería en tranquilidad y eficacia, ganaba la empresa adjudicataria unos pingües beneficios y perdían los trabajadores, que veían cómo cobraban casi la mitad de lo que cobrarían de depender directamente de la Consejería; y aún así, en un ejercicio de estoicismo que solo puede entenderse en el contexto de crisis en el que nos hallamos, trabajaron y callaron hasta el año 2013, cuando empezaron a ni siquiera cobrar con puntualidad".

Y es que, según parece, las empresas concesionarias percibían por cada hora de trabajo 8 euros, abonando a los trabajadores 4, ¡menudos beneficios! Y ahora resulta que a estos trabajadores las sentencias les reconocen el derecho a adquirir la condición de empleados indefinidos discontinuos, a tiempo parcial, de la Consejería de Educación, que debería readmitirlos, con abono de salarios de tramitación, o indemnizarles, conforme a este reconocimiento.

Así las cosas, aquí tenemos una chapuza más de la Junta, que ha permitido que diversas empresas (e imagino que no solo empresas) se hayan enriquecido a costa de esta forma de contratar, ¡y no pasará nada! Y nadie dimitirá… Así funciona la izquierda, se les llena la boca hablando de los derechos de los trabajadores pero luego los explota, igual que los sindicatos, que despiden trabajadores aplicando la reforma laboral contra la que se manifiestan. ¿Y ahora la Presidenta dirá que los jueces también están contra los andaluces?

viernes, 28 de febrero de 2014

TODO PARA LA CASTA


Ayer se hacía pública la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que declara ilegal el conocido como ‘céntimo sanitario’ y que es un impuesto que han aplicado casi la totalidad de comunidades autónomas para financiar (supuestamente) la sanidad, recaudando en algunas hasta más de cuatro céntimos de euro por cada litro de carburante que repostábamos los ciudadanos.

Según informaba el diario ‘El Mundo’, el Tribunal de Justicia argumenta que la ley europea permite que los hidrocarburos puedan estar sujetos a impuestos indirectos distintos del impuesto especial armonizado establecido por dicha directiva, aunque para ello son necesarios dos requisitos que no se han cumplido en el caso español.

Por un lado el gravamen debe perseguir una o varias finalidades específicas y, por otro, debe respetar las normas impositivas que se aplican al resto de impuestos especiales y del IVA en lo que respecta a su aplicación, base imponible, liquidación y devengo.

Y es que en este caso la Justicia europea considera que España no ha cumplido ninguno de estos dos requisitos. En primer lugar la finalidad recaudatoria no es específica ya que ha sido creado para financiar competencias de las Comunidades Autónomas, para lo que ya existe la actividad fiscal ordinaria recogida en los presupuestos de cada Gobierno regional. "El aumento de la autonomía de un ente territorial mediante el reconocimiento de una potestad tributaria constituye un objetivo puramente presupuestario, que no puede, por sí solo, constituir una finalidad específica", argumenta la Corte de Luxemburgo.

También defiende que el hecho de que, en virtud de la norma nacional, este impuesto especial esté orientado a atender gastos en materia sanitaria no basta para considerar que tiene una finalidad específica ya que, si ese fuera el caso, "cualquier impuesto podría considerarse que también tiene una finalidad específica". Para considerarlo así el tributo "debería tener por objeto, por sí mismo, garantizar la protección de la salud y del medioambiente”.

Esto es un ejemplo más de las chapuzas de nuestros gobernantes y demuestra las necesidades que tienen de sacar dinero de donde sea con tal de mantener el chiringuito que tienen montando. Todo para la casta.

Así las cosas, ¿cuánto se tardará en dar cumplimiento a esta sentencia?, porque comparado con la sentencia de la ‘Doctrina Parot’ ya van tarde. Según parece se han recaudado unos 13 mil millones de euros que se deberían devolver a los ciudadanos, pero ¿cómo se haría eso? Al final no nos devolverán nada. Todo para la casta.

jueves, 5 de diciembre de 2013

YA HAN CUMPLIDO CON LA JUSTICIA


Desgraciadamente llevamos varias semanas hablando de la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en relación a la conocida como ‘Doctrina Parot’ y de la que ya he dado mi opinión en Desde el Caballo de las Tendillas en varios artículos.

Y es que consecuencia de esa sentencia son muchos los terroristas, violadores, asesinos y demás delincuentes muy peligrosos que han sido puestos en libertad, y son puestos en libertad porque el Gobierno de España ha querido acatar la sentencia y cumplirla en todos sus términos. Algo que se podría haber evitado si hubiera existido voluntad política.

Pero tenemos el Gobierno que tenemos y las consecuencias las sufrimos todos. Y claro, ahora surgen los problemas, los miedos y las esperas. Como la espera que se está viviendo en Córdoba ante la posible llegada de Miguel Ricart a nuestra Ciudad, algo que se confirmaba desde la Subdelegación del Gobierno, aunque ayer el Alcalde, José Antonio Nieto, dijera que no le consta que Ricart quiera instalarse en Córdoba.

Y digo yo, si el Gobierno ha puesto en libertad a estas personas, (porque creo que ha sido el Gobierno y no los jueces, como nos quieren hacer ver), en cumplimiento de una sentencia, estas personas ya han cumplido con la sociedad, ya han cumplido su pena, por lo que ¿a qué viene controlarlos?, ¿en base a qué razones se siguen sus pasos?

Estas personas ya están en libertad, consecuencia de una decisión política, por lo que gozan de todas las garantías civiles, como el resto de los ciudadanos y, por lo tanto, no veo bien que se les controle, que se les vigile. Si somos tan demócratas como para acatar una sentencia y cumplirla de una forma tan rápida, seamos también demócratas con sus consecuencias y no sometamos a vigilancia a personas que ya han cumplido con la Justicia.

lunes, 2 de diciembre de 2013

MUCHAS GRACIAS SEÑOR RAJOY


Muchas son las críticas que se le están haciendo al Partido Popular y al Presidente del Gobierno desde el inicio de la legislatura, desde que se aprobaron las medidas que tuvo que tomar el Sr. Rajoy consecuencia de la difícil situación económica del País.

Muchos son, entre ellos yo, los que pueden llegar a entender un incumplimiento del programa electoral en base a la ‘herencia recibida’, consecuencia de una situación económica que superara todas las expectativas negativas, más cuando según parece esas medidas pueden acabar dando un resultado positivo. Es decir, muchos estamos dispuestos a sufrir todas estas medidas esperando que al final sea para bien.

Pero muchos también tenemos muy claro que las medidas adoptadas estas semanas en relación a la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos por el caso Inés del Río, en relación a la Doctrina Parot, no son de recibo y le deberían pasar factura al Partido Popular y a Mariano Rajoy.

Porque hay una cosa que tengo clara, que la justicia y la moralidad están por encima de la economía, porque todo no es economía, y que el gobierno de Mariano Rajoy está actuando injustamente. Y es que ya lo dijimos hace unas semanas, un fallo contra la ‘Doctrina Parot’ no es vinculante para España, pero al gobierno español no le ha faltado tiempo para excarcelar etarras, asesinos y violadores, ¡todos a la calle!, ¡barra libre de libertad! Y encima tienen la caradura de hacer responsables a los jueces.

¿No podría haber planteado el Gobierno alguna objeción a la sentencia?, ¿no decían que se trataba de un fallo que afectaba solo a Inés del Río?, ¿por qué hay países que no acatan las sentencias o tardan años en cumplirlas y no pasa nada?

Mire usted Sr. Rajoy, no quiero ni pensar que el motivo de excarcelar a todos estos terroristas, asesinos y violadores sea consecuencia de un acuerdo con ETA para avanzar en el mal llamado ‘proceso de paz’, pero no me queda otra opción. La decencia y la moral están por encima de la economía. Muchas gracias señor Rajoy.

domingo, 10 de noviembre de 2013

JUECES DE LO SOCIAL Y EMPRESA, por Empresarios del 9 largo


Esta semana hemos conocido el anuncio del cierre de la  Radio Televisión Valenciana. Y hay que destacar que dicho cierre viene “motivado” por la resolución judicial que afirma que se vulneraron derechos en la tramitación del expediente de regulación de empleo que intentaba salvar la cadena.

Esta resolución, para los que han tenido la desgracia de acudir al juzgado de lo social, en representación de la empresa o como empresario, durante esta crisis, no es nueva. Lamentablemente existen resoluciones similares a miles.

Busque sentencias sobre empresas de su localidad que finalmente han cerrado. Pues verá que hay resoluciones, sobre empresas que se han liquidado o pasado por un concurso de acreedores, donde se duda de la situación económica que justificaba un despido. Y es que pueden dejar la ley lo más clara que quieran, que la interpretación puede ser muy distinta.
Además, en un país donde es más grave que se te pase un plazo, a “distraer” 10 millones de euros de una empresa, es que ser empresario tiene mérito. Si no te lo has llevado, pero solicitas el concurso de acreedores, pues “culpable” también, porque claro, lo teníais que haber presentado en el momento en que tuvieses conocimiento. “Culpable por extemporáneo”. Ojito al caso de Radiotelevisión Valenciana, el patrimonio neto de “el ente” ya era negativo en 1.100 millones de euros en 2008. Eso en una empresa privada ya es motivo suficiente para que el administrador sea declarado culpable de la situación patrimonial de la empresa, y responsable de esos 1.100 millones de euros. Pues han pasado ya 5 años…

Si eso es en los juzgados de lo mercantil, imagínese en lo social. Que despides porque estás en situación de crisis. Prepárate para el striptease, para justificar las pérdidas, presentes, pasadas y futuras, pero no usted, sino un auditor, un experto en derecho mercantil, un chamán, el cura de la parroquia más próxima, el cabo de la guardia civil del pueblo, etc. Porque tener 8 ó 9 millones en el RAI y Asnef no le valen a su señoría. Se lo aseguro.

Habrá que ver los conocimientos contables y económicos de un juez de lo social, para evaluar la situación de crisis de una empresa. O su experiencia dentro de una compañía en crisis. ¿Se han parado a pensar lo que significa en una empresa un ERE del 50% de la plantilla? ¿Se imaginan lo que significa alargar el plazo de consultas con la mitad de la plantilla pendiente de ser despedida? ¿Qué creen que pasa con la empresa, con sus clientes, con la producción, etc. mientras se deciden? Pero bueno, normalmente no entran en esas minucias, lo suyo son los defectos de forma.

En el caso de la sentencia de Radiotelevisión Valenciana, considera relevante que no se aportase con la solicitud inicial de ERE una relación nominativa de los trabajadores afectados. Si bien la legislación permite, en su defecto, concretar los criterios tenidos en cuenta para designar a los mismos. Eso intentó la empresa, hablando de si el puesto estaba o no afectado por la reestructuración de la empresa, (es decir su departamento es eliminado o reducido) y se hablaba dentro de esto de priorizar según: experiencia, formación, polivalencia, menor absentismo, o buenas prácticas profesionales. Error… el juzgador considera esos criterios “ambiguos, subjetivos y genéricos, arrojando poca luz para poder negociar” (por cierto, menudo papelón el de la consultora PWC). Esto ya da pie a la sala para afirmar que no había ánimo negociador, y que la empresa ya tenía “predeterminado” el resultado.

A partir de ahí, pues ya da casi igual, la empresa elaboró el listado siguiendo esos criterios, aunque los modificó. Error, el juzgado también ve mal que se modifiquen los criterios. A lo mejor es que se modificaron, fruto de la negociación, pero entonces estaban discriminando a los trabajadores que ya habían salido de la empresa. También se modifican los criterios para “salvar” a 200 personas del ERE. Error, también es susceptible de reproche por la sala por… discriminatorio, ya había salido personal de la empresa que a lo mejor podría estar entre esos 200 salvados.

La empresa alegó que había tenido cambios en la dirección, 3 directores generales en 6 meses, durante la negociación del ERE, y que por eso durante la negociación se produjeron esos cambios. Error… no tiene suficiente relevancia. 3 cambios en una dirección general de una empresa de 1700 trabajadores, con 1200 millones de euros de deuda en 6 meses, debe ser poca cosa, pero si tiene relevancia que un asunto se duerma en un juzgado porque pasan 3 jueces sustitutos en 6 meses. Ojo, que el retraso de la administración en iniciar el procedimiento, tampoco es excusa para el juzgado, y dice “… cuando menos debieron planificarse en el tiempo con los debidos márgenes para su completa ejecución…”. En resumen, que si la administración tarda en contestar…. Haberlo pedido antes.

Y claro, ya no vale que una tele pública palme pasta a diario, (50 millones de euros el año pasado), que el patrimonio neto sea negativo en 1200 millones de euros, o que tenga el doble o triple de personal que los canales privados de ámbito nacional. Es por una coma que se te ha colado, o porque no has dado el plazo suficiente para consulta (claro, tu empresa pierde dinero a diario, pero hay que dar plazo para negociar), o si has dado el plazo, pero no ha habido “auténtica” voluntad negociadora. Así que hiciste un ERE para intentar salvar la empresa, y a los meses te encuentras con que te lo tumba un juez, y te readmite al personal, ojo que si es nulo, readmisión y salarios de tramitación (en el caso de Radiotelevisión Valenciana un pico). Con lo cual, ahora sí, estás en situación de crisis, y prepárate para la liquidación. ¿y el personal? Pues no se salvan ni 500, ni 50 ni 5 empleos. Al final todos al paro. Ahora sí… sin discriminación.

jueves, 7 de noviembre de 2013

NO NOS PODEMOS PERMITIR ESTOS LUJOS


Ayer el Presidente de la Comunidad Valenciana, Alberto Fabra, comunicaba la decisión de su gobierno de proceder al cierre de la Radio Televisión Valenciana, después de que los tribunales consideraran que no existían razones suficientes para proceder al Expediente de Regulación de Empleo que el canal autonómico presentó ante la autoridad laboral.

Y es que la mencionada sentencia obliga a aportar 40 millones de euros para la readmisión del personal despedido en su día, algo que las arcas valencianas no pueden soportar, en palabras de su Presidente, por lo que se han visto obligados a echar el cierre. Una medida dura, sobre todo por la pérdida de empleos, pero que es necesaria para seguir manteniendo otros servicios públicos de mucha más importancia y necesidad.

Porque en esta España de las autonomías se ha vivido una loca carrera por la creación de mini estados, mini estados que cuentan con todas las estructuras propias de un país, entre ellos universidades por doquier, aeropuertos, radio televisiones públicas y hasta circuitos de fórmula 1. Y lógicamente de aquellos polvos vienen estos lodos. Y el lodazal que se ha formado es el siguiente:

Cataluña. 6 canales de TV y 4 de radio. Cerca de 2000 trabajadores, con un coste en 2012 de 225 millones de € y una deuda de cerca de 1.000 millones de €.

Andalucía. Cuenta con 3 canales de televisión 4 de radio. En 2012 costó 220 millones de € con una deuda de 65 millones. 1.600 trabajadores.

Valencia. Con 2 canales de televisión y otros tantos de radio, cuenta con una deuda de unos 1.200 millones de € y una plantilla de 1.700 trabajadores.

Madrid. Tiene dos canales de TV y uno de radio y una deuda de unos 250 millones de euros para una plantilla de unos 300 trabajadores tras despedir a unos 800 a principios de este año.

Y no sigo cansando con cifras, solo decir que las únicas CCAA que no cuentan con televisiones públicas son Cantabria, La Rioja y Navarra.

Como dije ayer en Twitter, por mí que cierren todas las cadenas de televisión y radio públicas y, como mucho, que dejen La 2, (y que se exijan responsabilidades a sus máximos gestores y políticos), porque estos entes son un pozo sin fondo y aportan muy poco a la sociedad, una sociedad que tiene otras prioridades y que no se puede permitir estos lujos.

viernes, 18 de octubre de 2013

UN FALLO CONTRA LA ‘DOCTRINA PAROT’ NO ES VINCULANTE PARA ESPAÑA


Así de claro. Algo que algunos, como el director del programa Sin Complejos de Es Radio, D. Luis del Pino, llevan diciendo y explicando desde hace mucho tiempo. Y es que las sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos no son vinculantes para España, que podría negarse a aplicar la derogación de la doctrina Parot, simplemente con alegar "inseguridad" para los ciudadanos.

Es decir, si en los próximos días desde Estrasburgo se diera la razón a la terrorista etarra Inés del Río y se tumbara esta doctrina, el Gobierno podría negarse a aplicar la sentencia, algo que ya hizo Reino Unido en su día, alegando inseguridad para sus ciudadanos, por lo que existen precedentes.

¿Se atrevería el Gobierno español a alegar razones de inseguridad para no aplicar esa posible sentencia? Yo personalmente tengo dudas, pues me temo muy mucho que si se declara no ajustada a derecho la fórmula para acumular penas de prisión por delitos tan graves el Gobierno acatará la sentencia y excarcelará a los terroristas y  demás delincuentes afectados; porque no solo afecta la ‘Doctrina Parot’ al terrorismo, sino también a delitos tan graves como asesinos y violadores reincidentes, entre otros.

¿Y por qué creo que el Gobierno acataría esa sentencia? Pues muy sencillo, para no entorpecer el falso ‘proceso de paz’. Incluso me atrevería a decir que algún sector de nuestros dirigentes, tanto socialistas como populares, desean una sentencia favorable a los etarras, para tener así la excusa de ponerlos en libertad y ‘ponerse un tanto’ en las negociaciones entre el Estado y la banda terrorista vasca. Tiempo al tiempo.

Y además esta situación denota el complejo que ha existido durante mucho tiempo y que todavía es patente en un sector importante de la sociedad. Un complejo que nos ha llevado a no imponer, por ejemplo, la cadena perpetua en delitos de terrorismo, tema del que hablamos hace unos meses en el artículo Un País con cadena perpetua no es menos democrático.

Por eso, lo que debemos tener claro los ciudadanos es que un fallo contra la ‘Doctrina Parot’ no es vinculante para España.

jueves, 17 de octubre de 2013

TODO ESTO HUELE MUY MAL


Ayer se conocía la decisión adoptada por la Sección tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, presidida por el Magistrado Alfonso Guevara y actuando como ponente el Magistrado Sr. Díaz Delgado, en relación al conocido como ‘Caso Faisán’, por el que se juzgaba el chivatazo a ETA.

Y la Sentencia no podía ser más triste. En la misma se condena al ex jefe superior de Policía del País Vasco Enrique Pamies y al inspector jefe José María Ballesteros a un año y medio de prisión y cuatro años de inhabilitación por el soplo a ETA que se produjo el 4 de mayo de 2006 en el bar Faisán; absolviendo a estos del delito de colaboración con banda armada al justificar que el chivatazo se produjo después de que el Congreso de los Diputados el 17 de mayo de 2005 autorizase al Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero a negociar con la banda terrorista. Ahí queda eso.

Y es que la Audiencia Nacional justifica esta actitud de los funcionarios de policía, argumentando que esta actitud “fue guiada por la finalidad dentro del concepto de acción final, de que no se pudiera entorpecer el proceso que estaba en marcha para lograr el cese de la actividad de ETA", sí, lo que han leído.

La Audiencia Nacional justifica el chivatazo a ETA consecuencia de una decisión política de los propios policías que, por su cuenta y riesgo y erigiéndose en salva patrias, informaron al dueño del bar Faisán sobre la operación policial contra la estructura de recaudación de ETA, con la finalidad de no perjudicar el mal llamado “proceso de paz” iniciado por Zapatero. ¿Quién se lo cree? Porque yo no me lo creo, pero es que las víctimas tampoco se lo creen y menos aún los sindicatos policiales.

¿Y qué hace el Partido Popular? Ahora parece que poco. Pero ha sido acusación particular en este caso y, en su momento, hicieron bandera de este asunto, sometiendo al Sr. Pérez Rubalcaba a preguntas sobre estos hechos en todas las sesiones de control al Gobierno. No obstante, fue llegar al Gobierno y guardar este tema en un cajón.

Y es que todo esto huele muy mal.

miércoles, 17 de abril de 2013

LOS JUECES NO APRUEBAN LAS LEYES



Ayer se producía la lectura de la sentencia por la causa seguida, por delitos de corrupción y de blanqueo de capitales, contra Isabel Pantoja, Julián Muñoz y Maite Zaldívar, entre otros, tras seis meses de juicio. Un acto seguido por un gran número de periodistas y emitido en directo por las principales cadenas de televisión.

Yo vivía la lectura de la sentencia en la sala de espera de una clínica médica. He de decir que entre los presentes, personas de diversa edad (hombres y mujeres a partes iguales) había bastante interés y la mayoría de ellos sonrieron cuando se hicieron públicas las condenas. Comentarios del tipo, “que barato sale robar”, “estarán en la cárcel unos meses” o “para qué les ponen tanta multa, si no van a pagar nada”, los hicieron varios de los presentes.

No obstante el que más me llamó la atención fue uno que hizo un señor, de unos 40 años, criticando a los jueces “por las bajas penas que ponen”.

Y es que ese es un error muy común en la población. Muchos ciudadanos hacen responsables a los jueces de las penas que imponen en sus sentencias, cuando los jueces se limitan a cumplir con las leyes, se limitan a aplicar las leyes aprobadas por los políticos. Algo que a muchos se les olvida.

Las penas están recogidas en las leyes, leyes que no aprueban los jueces. Ellos no tienen culpa de la laxitud de las mismas. Ellos no tienen culpa de su redacción y forma de aplicación. Ellos cumplen con su obligación, que es aplicar la Ley.

A los que hay que exigir los cambios en las penas es a los políticos, son los responsables de lo que tenemos, son los responsables de que muchos delitos no se castiguen con la dureza que se debería.

sábado, 2 de febrero de 2013

Y LA JUNTA TENDRÁ QUE INFORMAR SOBRE SUS ENCHUFADOS…


Ha tenido que ser el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía el que obligue a la Junta de Andalucía a facilitar información sobre los empleados de las agencias públicas, en concreto información sobre los importes de las nóminas y las funciones que realiza este personal.

Y es que, como se viene diciendo desde hace tiempo, en Andalucía se ha desarrollado una administración paralela (la conocida como la tela de araña andaluza) a través de distintas empresas públicas, fundaciones y otros organismos, en los que los gobernantes andaluces no han dudado en “colocar”, enchufar, en definitiva contratar a dedo a numerosas personas por el simple hecho de pertenecer al Partido Socialista Obrero “Español” o a algún sindicato amigo.

Es cierto que en estos entes públicos se ha contratado a personal a través de procesos selectivos, en los que me consta que, en algunas ocasiones, a los que han sacado plaza en los mismos (sin enchufe) se les ha dicho que se han “colado”.

Por eso la Junta de Andalucía nunca ha querido facilitar información sobre este tipo de personal, hasta que la Justicia, a petición del Sindicato Andaluz de Funcionarios (SAF), ha dado la razón al SAF, acordando el derecho de este sindicato a acceder a la citada información, una información que debería ser pública por sí misma, ya que somos todos los andaluces los que pagamos las nóminas de este personal.

Un caso curioso es el del personal perteneciente a la Fundación Andaluza Fondo de Formación y Empleo (FAFFE), integrada por más de 1.000 empleados que fueron contratados “de aquella manera” y que hace ya algún tiempo, en el 2011, fueron integrados en el Servicio Andaluz de Empleo (SAE), estando, muchos de ellos, de brazos cruzados en las oficinas de los SAE y, algunos, riéndose de los funcionarios pues, para más inri, hasta su sueldo es más elevado.

Quizá por estas razones la Junta de Andalucía se negaba a facilitar la información solicitada por el SAF, información que espero entregue pronto. A lo mejor tenemos sorpresas, no a modo de sobre, sino a modo de carnet de afiliado o apellidos. Esperaremos.